Sala de Prensa

Alegaciones presentadas a las Ordenanzas de Feria

La Federación Malagueña de Peñas, Centros Culturales y Casas Regionales ‘La Alcazaba’, en representación de las peñas, entidades sociales y colectivos implicados en el desarrollo y participación de la Feria de Málaga, presentamos las siguientes alegaciones respecto a la nueva ordenanza de la Feria de Málaga.

PROPUESTAS:

1. Creación de una Comisión para el Reparto de Casetas. Solicitamos la constitución de una comisión que se encargue del reparto de las casetas, en la que participen representantes de los diferentes partidos políticos y entidades sociales implicadas en la Feria de Málaga. Esta comisión estaría presidida por la Concejala de Fiestas, actualmente Doña Teresa Porras Teruel. Este mecanismo garantizaría transparencia y equidad en el proceso.

2. Diferenciación de Importes de las Tasas Municipales. Proponemos establecer una diferenciación clara entre las casetas familiares, gestionadas por entidades sin ánimo de lucro, y las casetas comerciales. En este sentido, solicitamos que:

  • Las casetas familiares sean exentas del pago de tasas municipales debido a su carácter no lucrativo.
  • Se incluyan los importes detallados de las tasas en la ordenanza, para garantizar claridad y previsibilidad.

3. Especificación de Zonas en la Feria. Requerimos que la nueva ordenanza especifique claramente la distribución de las zonas de la Feria, siguiendo criterios similares a los de ordenanzas anteriores. Solicitamos que se incluyan:

    • Zonas de juventud.
    • Zonas familiares.
    • Zonas comerciales.
    • Zona Suscepcible de Concesión, comprendida desde los módulos 1 a 84; del 185 al 192; y del 196 al 211; tal y como queda reflejado en las Ordenanzas Municipales de los años 2016 y 2018.
    • Boxes para caballos.

Todas las concesiones de juventud, familiares y comerciales, deben estar identificadas por zona y número de la caseta.

4. Mantenimiento de la Concesión Demanial. Solicitamos que se mantenga el régimen de Concesión Demanial recogido en ordenanzas anteriores de los años 2016 y 2018. Esto permite a las entidades disfrutar de derechos de explotación y actividades durante un periodo de 15 años, prorrogables por 10 años adicionales, y hasta un máximo de 75 años. Pedimos la restitución de este derecho, esencial para garantizar la sostenibilidad de las actividades que organizamos, en función de los siguientes criterios:

a) Las casetas podrán ser adjudicadas mediante expediente de concesión demanial basándose en los principios de publicidad, transparencia e igualdad de trato según los requisitos establecidos en los pliegos de prescripciones técnicas elaborados por el Departamento de Patrimonio del Ayuntamiento de Málaga.

b) El otorgamiento de concesiones de las casetas se efectuará en régimen de concurrencia.

No obstante, podrá acordarse el otorgamiento directo cuando fuera declarada desierto el procedimiento de concesión promovido a tal efecto.

c) La concesión deberá procederse a su formalización en documento administrativo. Este documento será título suficiente para inscribir la concesión en el Registro de la Propiedad.

d) Las concesiones se otorgarán por tiempo determinado. Las mismas se podrán conceder por un plazo de hasta 10 años, pudiendo ser prorrogables anualmente hasta un máximo de 75 años.

e) Las concesiones estarán sujetas al pago de la correspondiente tasa por la utilización privativa de terrenos de dominio o uso público con el fin de instalar casetas de feria y otras construcciones de similares características que, en su caso, establezca la correspondiente ordenanza fiscal.

f) La persona titular de la concesión administrativa podrá realizar las obras que sean necesarias para convertir la caseta de feria en una instalación fija, debiendo ajustarse al modelo de caseta establecido en la presente ordenanza, siempre y cuando cuente con las autorizaciones y licencias que, en su caso, fuesen preceptivas, cumpliendo con la normativa de accesibilidad.

g) La concesión podrá prever el uso, del espacio durante todo el año, en los términos previstos en el Plan Especial P.E.-T.2, no admitiéndose el uso comercial, como por ejemplo restaurantes, salas de fiesta, o locales de pública concurrencia en general que impliquen una actividad comercial. Los usos que se admiten son, además de como caseta de feria en el periodo de feria, los relacionados con el ocio, deportivos, espacios libres, equipamientos públicos y aparcamientos. Todo ello sin perjuicio de que, durante el periodo de celebración de la Feria de Málaga, el uso de estas casetas deberá ser el de caseta de Feria. En el caso de que cambiasen los usos permitidos en el Plan Especial, la persona adjudicataria tendrá derecho a ejercer los nuevos usos que se establezcan, sin perjuicio de la obtención de las autorizaciones específicas para el ejercicio de las actividades.

h) Las concesiones se realizarán tomando como base los módulos de casetas familiares en los que se divide el Recinto Ferial. De esta forma, una concesión podrá abarcar un módulo como mínimo y hasta un máximo de cuatro.

i) La persona titular de la concesión tendrá la obligación de asumir los gastos de conservación y mantenimiento, impuestos, tasas y demás tributos, así como el compromiso de utilizar el bien según su naturaleza.

j) La persona titular de la concesión tendrá el compromiso de previa obtención a su costa de cuantas licencias y permisos requiera el uso del bien o la actividad a realizar sobre el mismo, así como las inversiones necesarias para dotar de suministros al espacio a concesionar.

k) Cuando se extinga la concesión, las obras, construcciones e instalaciones fijas existentes sobre el bien demanial serán adquiridas gratuitamente y libres de cargas y gravámenes por el Ayuntamiento de Málaga.

5. Fianza para Peñas y Entidades Federadas. Proponemos que las peñas y entidades federadas tengan una fianza reducida de 250 euros por módulo. Esta cantidad resulta adecuada y accesible para los colectivos que trabajan sin ánimo de lucro, permitiendo así su participación activa y evitando cargas desproporcionadas.

6. Nombres de las casetas. Proponemos que en las fachadas de las casetas figure solamente el nombre del titular al que ha sido concedido, y que aparece en la resolución; no pudiéndose emplear otro nombre comercial diferente.

CONCLUSIÓN

Estas alegaciones buscan mejorar la organización de la Feria de Málaga, garantizar la inclusión de todas las partes implicadas y fomentar la transparencia en los procesos administrativos. Confiamos en que estas propuestas sean consideradas y agradecemos de antemano la atención prestada.